A- de 2025
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Edier Esteban Manco Pineda.·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
- Requisitos de procedencia
- Incumplimiento de la carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque no se subsanaron plenamente las deficiencias advertidas en la inadmisión y porque el escrito de corrección reafirmó la imposibilidad de admitir un juicio de fondo.
Teniendo en cuenta que el actor no presentó argumentos para refutar lo establecido en el auto de rechazo y que no proporcionó argumentos que demostraran la existencia de errores, omisiones o arbitrariedades en que hubiese incurrido el magistrado sustanciador, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR el recuso impetrado en esta oportunidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, el recurso de súplica presentado por el ciudadano Edier Esteban Manco Pineda en contra del Auto del 27 de octubre de 2025, a través del cual se rechazó la demanda presentada dentro del expediente D-16.893.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.